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Zona de Azar España – ANAPAL Valencia: Firman Convenio Estatal de Administraciones de Loterías

España.- 25 de marzo de 2019 www.zonadeazar.com    En la sede de la Patronal ANAPAL en Valencia, se firmó el convenio estatal para las Administraciones de Loterías, para los años 2017 – 2019.

Después de mantener en el tiempo varias reuniones se pudo alcanzar un acuerdo para los años 2017- 2019. Destacamos los siguientes avances:

Se amplían a más colectivos los derechos para el disfrutar los Permisos Retribuidos:
– Las licencias retribuidas se disfrutarán en días laborables y habrá que justificarlas documentalmente.

Se reconocen los mismos derechos, incluidos los relativos a las licencias retribuidas, que el Convenio contempla para los cónyuges en matrimonio, a las personas con independencia de su orientación sexual, que conviven en unión de pareja afectiva y estable, previa justificación de estos extremos mediante certificación de inscripción en el correspondiente registro oficial de parejas de hecho. Dicha certificación podrá sustituirse en aquellas poblaciones donde no existe registro oficial por acta notarial o certificación municipal de convivencia.

Se regula la Jubilación Parcial:
– Las trabajadoras o los trabajadores al cumplir los 60 años, o en su caso a los 61 años, podrán reducir su jornada de trabajo y su salario y compatibilizar dicha situación con la pensión que la Seguridad Social les reconozca hasta cumplir la edad de 65 años; en los términos que establece el artículo 12 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 166.2 de la Ley General de la Seguridad Social.

– Los/as trabajadores/as afectados/as por el presente convenio colectivo que lo soliciten y reúnan los requisitos legales para ello podrán acceder a la jubilación parcial regulada en el artículo 215.2 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social) y el artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores.

– El trabajador/a que decida optar a una jubilación parcial con menos de 63 años deberá solicitarlo a la empresa con un preaviso de quince días, que la empresa deberá contestar antes de dicho plazo dando su conformidad en su caso a la misma. La jubilación parcial en este supuesto está condicionada a la aceptación voluntaria por parte de la empresa.

– Cuando el trabajador/a tenga 63 años cumplidos, y efectuados los demás requisitos legales, la opción de jubilación parcial será obligatoria para la empresa, realizando el contrato de relevo en los términos establecidos en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores.

En las condiciones económicas se alcanza un acuerdo donde se pagarán atrasos para todos los/as trabajadores/as para el año 2017 de 204,75€ anuales, también se abonarán atrasos para el año 2018 de 142,95€ anuales y finalmente para el año 2019 se actualizarán las nóminas con las siguientes subidas porcentuales:
El incremento del salario base se cifra para el año 2017 en el 1,6 %; de manera que el salario base a percibir en las doce mensualidades y en las tres pagas extraordinarias, se fija para el año 2017 en 866,70 euros/mes (13.000,50 euros/año).

El incremento del salario base se cifra para el año 2018 en el 1,1 %; de manera que el salario base a percibir en las doce mensualidades y en las tres pagas extraordinarias, se fija para el año 2018 en 876,23 euros/mes (13.143,45 euros/año).

El incremento del salario base se cifra para el año 2019 en el 2 %; de manera que el salario base a percibir en las doce mensualidades y en las tres pagas extraordinarias, se fija para el año 2019 en 893,75 euros/mes (13.406,25 euros/año)

Desde UGT valoramos positivamente el haber alcanzado un acuerdo, donde recuperamos el poder adquisitivo para los años 2017-2019, y mantener el texto actual del Convenio Estatal.

Editó: Prensa Zona de Azar www.zonadeazar.com

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