Zona de Azar – La Junta Modifican decretos para agilizar Juegos y Apuestas en España.
España Sevilla .- www.zonadeazar.com La Junta modifica cuatro decretos para agilizar procedimientos en materia de juegos, apuestas y casinos.
Los decretos modificados hoy son el 229/1988, de Casinos; el 325/1988, de Rifas, Tómbolas y Combinaciones Aleatorias; el 295/1995 de Hipódromos y Apuestas Hípicas, y el 250/2005, de Máquinas Recreativas y de Azar, Salones Recreativos y de Juego y del Registro de Empresas de Juego.
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes la modificación de cuatro decretos para simplificar procedimientos en materia de juegos, apuestas y casinos, y adaptarlos a la Directiva comunitaria de servicios en el mercado interior.
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes la modificación de cuatro decretos para simplificar procedimientos en materia de juegos, apuestas y casinos, y adaptarlos a la Directiva comunitaria de servicios en el mercado interior.
Esta norma europea, dirigida a eliminar barreras legales y administrativas para la actividad económica, ha supuesto ya la adecuación de un total de 16 leyes la comunidad autónoma, entre ellas la del Juego y Apuestas de Andalucía.
En líneas generales, los cambios se dirigen a agilizar trámites y flexibilizar procedimientos para la adecuación al objetivo europeo de consolidar un mercado libre de circulación transfronteriza de servicios y garantizar a los usuarios una mayor transparencia y seguridad jurídica.
Estas modificaciones suponen, entre otras novedades, la sustitución de la autorizaciones administrativas previas (como licencias municipales) por declaraciones responsables del promotor verificables a través inspecciones posteriores; la ampliación de las posibilidades de instalación de máquinas recreativas y de azar, y la flexibilización de las condiciones técnicas de los establecimientos de apuestas hípicas externas.
Asimismo, se elimina el requisito de autorización administrativa previa para las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, siempre que la participación del público en estas actividades sea gratuita y no exista sobreprecio o tarificación adicional.
Fuente: Que?
Editó: @_fonta www.zonadeazar.com