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Zona de Azar Argentina – Mendoza: IPJyC Aprobó la Reglamentación del Juego OnLine (Texto Oficial)

Mendoza.- 21 de Octubre 2022 www.zonadeazar.com El Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) aprobó la reglamentación del juego en línea en Mendoza. A través de la resolución 554, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo encabezado por Ida López dio un nuevo paso en la implementación de una nueva modalidad de los juegos de azar. La intención del Gobierno provincial es convocar a una licitación pública antes de fin de año.

“El Reglamento tiene por objeto establecer los requisitos técnicos indispensables para el desarrollo de la actividad de juego en línea y su auditoria operacional en la Provincia de Mendoza. Asimismo indican que han recibido cooperación de distintos entes reguladores, de la Facultad de Informática de la Universidad Nacional de La Plata y del Laboratorio Gaming Labs International (GLI)”, destaca la normativa en sus considerandos.

Texto Completo a un Click: Zona de Azar – REGLAMENTACIÓN – JUEGO ONLINE Mendoza

El reglamento fue confeccionado por la Comisión de Juego en Línea del IPJyC, tomando como parámetro otras guías vigentes en “distintas jurisdicciones nacionales e internacionales”. La resolución destaca, además, que “en los últimos años, en razón de la propagación de los juegos mediante celulares, tablets u otros mecanismos electrónicos similares, se ha ido desarrollando una nueva industria del juego mediante la modalidad ‘en línea'”.

El objetivo de la regulación y reglamentación de la actividad es “combatir el juego ilegal, proteger los derechos de los menores de edad, consumidores y usuarios, promover el juego responsable y prevenir el lavado de activos”.

De esta manera, dos años después de la aprobación de la ley que habilita el juego online en Mendoza, el Gobierno provincial dio un par de pasos clave esta semana. Hay que recordar que este martes, mediante el decreto 1842 del Ministerio de Hacienda, se avanzó en la regulación de “la actividad del juego en línea”.

El artículo 6º de esa norma dispone que el IPJyC podrá otorgar como mínimo dos y como máximo siete licencias, a través de una licitación pública.

“Los pliegos licitatorios deberán contener una preferencia a las ofertas presentadas por aquellas personas humanas o jurídicas que al momento de la convocatoria de la licitación pública posean un permiso y/o concesión para la instalación y funcionamiento de salas de juegos de banca,… y/o que al momento de la convocatoria de la licitación pública sean prestadores de servicios de máquinas tragamonedas del IPJyC. La reglamentación establecerá el régimen de la preferencia”, destaca la ley.

En tal sentido, ahora el Gobierno instruyó al organismo “a contemplar la preferencia establecida en el Artículo 6º de la Ley N° 9.267 en la Grilla de Evaluación de los pliegos licitatorios, previendo un criterio o rubro y puntaje específico para las personas humanas o jurídicas mencionadas en el citado artículo”.

Las claves de la regulación son:

  • Las licencias tendrán una vigencia de 10 años, con la posibilidad de acceder a una prórroga de un año más.
  • El operador deberá pagar un fee inicial por única vez al acceder a la licencia, y luego tendrá un canon mensual de explotación.
  • Deberá pagar impuestos por Ingresos Brutos en el orden del 12% del GGR (Gross Gaming Revenue, o ingresos menos ganancias pagadas a los jugadores).
  • Las firmas que operan físicamente las salas de juego en la provincia tendrán una preferencia en la licitación.
  • Otras compañías que podrán presentarse en el proceso, en soledad o en Unión Transitoria de Empresas (UTE) con operadores nacionales e internacionales.
  • Las empresas que resulten ganadoras de la licitación podrán ofrecer juegos de casino y apuestas deportivas.
  • En cambio, estarán imposibilitadas de explotar los juegos lotéricos.

Edito:  @_fonta  www.zonadeazar.com

 

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