Zona de Azar Argentina – Argentina: Jubilación Anticipada por Decreto al Personal de “Lotería de Córdoba”
Córdoba.- 19 de Julio de 2021 www.zonadeazar.com Las pérdidas que desde hace años arroja la Lotería de Córdoba se sumó la pandemia, que redujo de modo abrupto la actividad de los casinos y multiplicó el pasivo de la entidad desde hace un año y medio. El Gobierno de Córdoba publicó hoy en el Boletín Oficial la primera medida que apunta a reducir el principal rubro del costo operativo de la entidad: mediante un decreto, habilitó a la Lotería a abrir un proceso de Pasividad Anticipada Voluntaria para sus empleados.
En los últimos años, el mismo régimen se aplicó para la reducción del costo salarial de la Epec, la Municipalidad de Córdoba, la Legislatura, el Ministerio de Educación y la Caja de Jubilaciones. El mecanismo está previsto por la ley 8836 y permite que aquellos agentes que estén a menos de 10 años de la jubilación dejen de trabajar si aceptan una reducción en el sueldo que perciben.
En el caso de la Lotería, los sueldos de los empleados representan más del 75 por ciento de los costos operativos. Un enorme porcentaje de los empleados no retornó a sus funciones desde el inicio de la pandemia.
Según establece el decreto firmado por el gobernador Juan Schiaretti, será el Directorio de la Lotería de Córdoba el que instrumente el sistema de adhesión a la pasividad anticipada. El proceso deberá realizarse por vía digital y podrán adherir “los empleados a quienes les falten al 31 de agosto de 2021 hasta 10 años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para la obtención de la jubilación ordinaria”. El plazo para acogerse a ese régimen será hasta el 30 de noviembre próximo.
La pasividad supone la percepción de un salario reducido hasta el momento de la jubilación, y libera al agente de las obligaciones laborales. Según lo que establece la ley provincial 8.836, quienes adhieren a la pasividad cobran el 70 por ciento de su salario si les faltan hasta cinco años para jubilarse; el 68 por ciento si les faltan seis años; el 66 por ciento si les faltan siete; el 64 si les faltan ocho; el 62 si les faltan nueve, y el 60 por ciento si les faltan 10 años, es decir, los hombres de 55 y las mujeres de 50.
El agente deja de trabajar en la administración –puede hacerlo en otro lado– y el organismo empleador paga el salario reducido, pero la totalidad de los aportes previsionales, la obra social y las contribuciones.
Editó: @_Fonta www.zonadeazar.com