Zona de Azar Brasil – Brasil: “Iniciativa Genera Inseguridad Jurídica para el Regulador y Operadores de Apuestas”
Brasil.- 23 de Febrero de 2024 www.zonadeazar.com El gobierno federal publicó en una edición extra del Diario Oficial de la Unión la Medida Provisional 1206/24 el 6 de febrero, que modifica la tabla mensual del Impuesto a la Renta (IR) para garantizar la exención a quienes perciben hasta dos salarios mínimos (hoy, R $2,824).
El diputado Marangoni (União-SP) (Foto) presentó una modificación al MP 1206/24, para corregir la tributación de los apostadores en la forma de apuestas de cuota fija y juegos en línea, después de que el Gobierno Federal vetó lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14.790/23, bajo el argumento de igualdad tributaria con las loterías tradicionales, ignorando que esta modalidad tiene una dinámica propia, diferente a otros productos operados por Caixa Econômica Federal.
- “Esta iniciativa generó inseguridad jurídica para el regulador, para los operadores de apuestas de cuota fija al aplicar la legislación IRRF”, explicó Marangoni.
Según la propuesta del parlamentario, la tarifa se aplicará a las primas netas que superen el primer rango de la tabla progresiva anual del Impuesto a la Renta o R$ 2.824.
Asimismo, la tasa del Impuesto sobre la Renta se aplicará sobre el resultado positivo obtenido en las apuestas realizadas cada año, una vez deducidas las pérdidas sufridas en apuestas de la misma naturaleza. Según la propuesta, el impuesto se calculará anualmente y lo pagará el apostante hasta el último día del mes siguiente al cálculo.
MODIFICACIÓN N° 0016 – CMMPV 1206/2024
(al MPV 1206/2024)
Añade arte. 3.ª a la Medida Provisional, con la siguiente redacción:
“Arte. 3er arte. 23-A de la Ley N° 11.482, de 31 de mayo de 2007, con el siguiente contenido:
‘Arte. 23-A. El arte. 31 de la Ley N° 14.790, de 29 de diciembre de 2023, entra en vigor con la adición de los §§ 5º, 6º y 7º:’ (NR)
‘Arte. 31. ……………………………………………………………………………..
§ 5 El IRPF a que se refiere el título de este artículo se aplicará a las primas netas que superen el primer tramo de la tabla progresiva anual del IRPF.
§ 6 El IRPF a que se refiere el caput se aplicará a los premios netos, considerando así los resultantes del resultado positivo obtenido en las apuestas de contrapartida realizadas cada año, deducidas las pérdidas sufridas con apuestas de la misma naturaleza.
§ 7º El IRPF mencionado en el caput se calculará anualmente y será pagado por el contribuyente hasta el último día hábil del mes siguiente al cálculo.”’ (NR)”
El diputado también justificó que el veto gubernamental a los dispositivos generó distorsión y su propuesta apunta a solucionar el problema del Impuesto a la Renta y que la MP 1206/24 es relevante para el tema.
“Aprovechando la relevancia del tema entre las materias, por tratarse del IRPF y de la aplicación del primer tramo exento, esta modificación define también cuál es la base de cálculo, es decir, las primas netas y define el período de cálculo. Todos estos puntos, además de estar totalmente en línea con el objetivo del MP, también fueron aprobados por unanimidad por las Cámaras Legislativas a finales del año pasado”, explicó.
Procesando
El siguiente paso en la tramitación del MP será la designación por parte de los dirigentes partidarios de los integrantes que conformarán la Comisión Mixta, que analizará la Medida Provisional.
Calendario:
Publicación en el DOU: 06/02/2024
Deliberación de la Medida Provisional: 06/02/2024 al 05/04/2024
Presentación de modificaciones: 06/02/2024 al 15/02/2024
Régimen de emergencia, a partir del: 22/03/2024.
Fuente: bnldata.com.br Editó @_fonta www.zonadeazar.com