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Zona de Azar Brasil – Brasil: La Postura de Manssur ex Asesor Ante la nueva Ordenanza de Apuestas

Brasil.- 24 de Mayo de 2024 www.zonadeazar.com La Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda publicó, en el Diario Oficial de la Unión (DOU), el día 21, la Ordenanza SPA/MF nº 827 , que establece reglas y condiciones para la obtención de autorización para operar apuestas deportivas. en el país.

El documento prevé que sólo las personas jurídicas constituidas según lo determina la legislación brasileña, con sede y administración en territorio nacional -incluyen también aquellas que sean filiales de empresas extranjeras- y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N° 13.756/2018 ( Ley de Apuestas ). , que legalizó las apuestas de cuotas fijas, y el nº 14.790/2023, que reguló la industria en Brasil, pueden obtener una subvención para explorar el sector.

Si el operador es extranjero y desea operar en el país, debe abrir una sociedad en el territorio nacional y tener un socio brasileño que posea al menos el 20% del capital social de la persona jurídica. Las sucursales, sucursales, agencias y representaciones de empresas radicadas en el extranjero no pueden obtener licencia para operar la actividad.

La ordenanza también aclara que la autorización otorgada al operador podrá ser “revisada siempre que en la persona jurídica autorizada se produzca fusión, escisión, constitución, transformación, así como transferencia o modificación del control social directo o indirecto”.

Por lo tanto, la empresa que haya pasado por alguna de las situaciones antes mencionadas deberá enviar a la SPA, dentro de los 30 días, documentación que acredite que el operador aún cumple con las normas de funcionamiento de la industria – la SPA deberá responder dentro de los 150 días, contados a partir de la fecha de reenvío de documentos.

Sin embargo, el agente operador tiene derecho a realizar consultas previas con la SPA para garantizar que los cambios previstos en la estructura corporativa no den lugar a una revisión de la autorización para operar apuestas. Aquí el plazo será de hasta 150 días, a contar desde la fecha de envío de la documentación o formalización de la consulta.

La nueva ordenanza también exige a los operadores acreditar que cuentan con cualificación jurídica, regularidades fiscales y laborales, idoneidad, cualificación económico-financiera y cualificación técnica. Además, deberá designar responsables de las áreas contable y financiera, procesamiento y seguridad de datos personales, seguridad operativa del sistema de apuestas, integridad y Compliance y servicio a los apostadores y defensor del pueblo.

Según lo establecido en la Ley de Apuestas, las empresas deberán pagar R$ 30 millones por una licencia de funcionamiento válida por cinco años y podrán vender hasta tres marcas.

Si la persona jurídica solicita la explotación de más marcas, considerando el límite de hasta tres por acto de autorización, deberá, por acto de autorización concedido, pagar la subvención, por el valor de R$ 30 millones, disponer de R$ 5 millones en concepto de financiación reserva, pagar en moneda corriente el capital social de R$ 15 millones y mantener un patrimonio neto en un valor no inferior al capital social.

Durante la evaluación de la solicitud de autorización, la SPA podrá solicitar, a través del Sistema de Gestión de Apuestas (SIGAP), documentos e información adicionales, los cuales deberán ser entregados dentro de los 15 días, contados a partir de la notificación enviada a través del SIGAP.

“La falta de presentación, sin justificación, de los documentos o información adicional en plazo dará lugar al archivo definitivo de la solicitud de autorización”, señala la ordenanza.

As empresas que submeterem documentação para obtenção de licença dentro de 90 dias, contados da data de publicação desta portaria, poderão receber habilitação para operarem no Brasil até o final de 2024. Caso contrário, corre-se o risco de a SPA conceder outorga somente no año que viene.

La postura de Manssur ante la nueva Ordenanza de Apuestas

Para José Francisco Manssur , ex asesor especial del secretario ejecutivo del Ministerio de Hacienda que defendió la regulación de las apuestas y trabajó en el sector, reunido con representantes del mercado, dijo que la Ordenanza N° 827 era la más esperada por los interesados.

Manssur afirmó que el documento refuerza la intención de la SPA de llevar a cabo la “regulación efectiva” de la industria en el país, creando un ecosistema “seguro y responsable”, y que la publicación del texto era un paso “imprescindible”.

“Otro punto fundamental del proceso regulatorio, reafirmado por la Ordenanza 827, es la previsibilidad de las regulaciones que, después de todo, fueron el resultado de discusiones incesantes con todas las entidades del mercado. Hay, y no habrá, “trampas” o “sorpresas” relevantes. De todo, prácticamente de todo, se habló, se debatió y se discutió”, declaró Manssur.

Editó @_fonta   www.zonadeazar.com

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