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Zona de Azar España – Ceuta y Melilla Se Consolidan como Paraísos Fiscales del Juego al Eximir el IVA

España.- 09 de noviembre de 2020 www.zonadeazar.com El Gobierno ha consolidado a Ceuta y Melilla como verdaderos paraísos fiscales para las empresas de juego y apuestas ‘online’ con intereses en España con una modificación de la ley sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que las exime de tributar con esta figura impositiva, gravada con el 21%, por la gestión complementaria de su actividad. El cambio remite al régimen del llamado IPSI, el impuesto indirecto que grava la importación y elaboración de bienes y la prestación de servicios en las dos ciudades autónomas, que para el sector del juego en línea será de apenas un 0,5% después de que así lo hayan dispuesto sus respectivos gobiernos regionales.

El Puerto de Melilla. (EFE)

El cambio en la ley del IVA se ha introducido a través del anteproyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado, con la redacción bastante alambicada de un artículo, el 68, que modifica la norma para que a los servicios realizados por vía electrónica en Islas Canarias, Ceuta o Melilla no se les aplique el tributo. La nueva ventaja fiscal se lanza en paralelo a los mensajes que el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos están lanzando contra las apuestas deportivas y el juego electrónico, que se han traducido en el decreto del Ministerio de Consumo de Alberto Garzón que establece limitaciones a la publicidad de esta actividad.

La nueva redacción, de la que se han hecho eco publicaciones sectoriales como ‘AzarPlus’, aclara así una de las incertidumbres que desde diciembre del año pasado sobrevolaba sobre el universo del juego a raíz de dos sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, que desestimaban sendos recursos de la empresa Bwin Interactive Marketing España contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de aplicarle el devengo del IVA por los servicios prestados a su filial en Gibraltar entre los años 2008 y 2021, por importe de casi un millón de euros, tal como le exigió la Agencia Tributaria tras varias inspecciones.

Los jueces entienden que aunque la mercantil gibraltareña no estuviera radicada en España sí realiza una actividad que se genera en el país (todos los juegos y apuestas de clientes desde IP españolas) y hace intercambios de servicios con su matriz española, que obtiene ingresos por ello. “Se encuentran sujetos al IVA los servicios de publicidad, consultoría, marketing y asesoramiento prestados por una empresa establecida en el territorio de aplicación del impuesto, cuando siendo la destinataria de los servicios otra empresa que no está establecida en dicho territorio (sino en Gibraltar) y que se dedica a la prestación de servicios de juego ‘online’ a través de plataformas digitales, esta última empresa utilice o explote en el territorio de aplicación del impuesto los servicios prestados por la primera”, interpreta el Supremo.

Estos fallos habían generado mucha incertidumbre en el sector y en las propias ciudades autónomas al entender que podía dar lugar a una jurisprudencia aplicable también a los servicios complementarios que las empresas de juego españolas o con sede en España prestan a sus filiales de juego ‘online’ de Ceuta y Melilla. De hecho, responsables políticos ceutís y melillenses han mantenido encuentros con el Gobierno para presionar y tratar de obtener la clarificación legal que se ha introducido por la puerta de atrás, a través de la Ley de Presupuestos de 2021.

Desde que el Gobierno de Mariano Rajoy modificase la fiscalidad del juego ‘online’ para rebajar del 20% al 10% la imposición estatal en las Actividades del Juego sobre los ingresos netos (dinero jugado menos premios entregados) de las empresas que operan efectivamente desde Ceuta y Melilla, son varias las compañías que han optado por radicar allí su división electrónica. A esa rebaja, a la mitad en comparación con la presión fiscal en el resto de España, se ha sumado ahora una exención casi completa de los servicios complementarios en impuestos indirectos, al pasar del 21% del IVA al 0,5% del IPSI. Un apunte que supondrá otro aliciente para atraer compañías filiales desde dentro de España pero también procedentes de las, hasta ahora, sedes favoritas del sector, Gibraltar o Malta.

Aunque la consolidación de Ceuta y Melilla como clústeres del juego en red y las apuestas electrónicas se ha convertido en una cuestión estratégica para las dos ciudades autónomas, no deja de ser paradójico que este polo se haya configurado a través de fuertes ventajas fiscales de un Gobierno que presume de dar la batalla contra una actividad que considera socialmente nociva y que no solo no ha echado para atrás, sino que ha reforzado. El cambio en la ley del IVA a través de la ley de Presupuestos Generales de 2021 se produce en paralelo al decreto que limita la publicidad de las casas de apuestas en medios de comunicación o equipos de fútbol.

Editó: @MaiaDigital www.zonadeazar.com

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