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Zona de Azar España – Según Nueva Ley de Juego Española Enmascarar IPs Será Ilegal

España.- 07 de noviembre de 2018 www.zonadeazar.com La nueva ley del juego española, actualmente en tramitación, prevé multas de hasta 100.000 euros para los jugadores que traten de enmascarar el juego en webs sin licencia a través de las llamadas VPNs. Además, toma medidas contra el amaño de partidos.

En los siete años transcurridos desde la aprobación de la ley del juego en España (13/2011, de 27 de mayo), el Ministerio de Hacienda ha identificado la necesidad de modificar ciertos aspectos legales para intensificar la lucha contra el fraude en el sector del juego.

Así, el anteproyecto de la llamada ‘Ley Antifraude’ cuenta con un apartado dedicado al juego que recoge medidas específicas para combatir el juego a través de páginas ilegales. Y prevenir y evitar el amaño de las competiciones deportivas, además de combatir el fraude que puede producirse en las apuestas.

En el ámbito de las apuestas, el regulador español se reserva el derecho de “tener acceso a los datos de identidad tratados por las federaciones deportivas españolas y que sean necesarios para controlar el cumplimiento de las prohibiciones”.

En segundo lugar, el anteproyecto amplía el abanico de entidades a las que la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) puede requerir información. Y exige a los operadores colaborar de forma activa en la lucha contra el fraude obligándoles a contar con un manual específico que incluya procedimientos y medidas antifraude.

En dicho manual, “los operadores deberán informar a la autoridad encargada de la regulación del juego sobre las operaciones detectadas como fraudulentas y sobre la identidad de los jugadores que participen en ellas”.

Enmascarar IPs será ilegal

En un tercer grupo de medidas, se introducen nuevos tipos de infracción o se modifican algunos de los actuales para sancionar prácticas fraudulentas por parte de jugadores, operadores, proveedores o intermediarios. Entre ellas, se menciona específicamente como infracción grave el enmascaramiento de IPs para jugar en páginas ilegales. La multa por hacerlo puede ascender hasta los 100.000 euros.

Según el texto del anteproyecto, se sancionará el hecho de “participar desde España, a través del uso de técnicas de enmascaramiento de direcciones IP territoriales españolas, en las actividades de juego ofrecidas a través de páginas distintas de las legalmente habilitadas por operadores de juego con título habilitante en España”. La web de la DGOJ publicará una información concreta relativa al juego no autorizado.

Lucha Contra el Juego Ilegal

En cuanto al juego ilegal o no autorizado en España o que se dirija al territorio del Estado español, Hacienda establece la posibilidad de “requerir a cualquier proveedor de juegos o de servicios de juego, servicios de pago, entidades de prestación de servicios de comunicación audiovisual, medios de comunicación, servicios de la sociedad de la información o de comunicaciones electrónicas, agencias de publicidad, redes publicitarias y entidades patrocinadas, información relativa a las operaciones realizadas por los distintos operadores o por organizadores que carezcan de título habilitante o el cese de los servicios que estuvieran prestando”.

También se sancionarán las vulneraciones de las políticas de juego responsable y protección a los jugadores, o el incumplimiento de requerimientos de información al regulador.

El anteproyecto de ley se encuentra en periodo de observaciones para que los interesados puedan plantear sus alegaciones hasta el próximo día 15 de noviembre, antes de continuar su tramitación.

Editó: @MaiaDigital www.zonadeazar.com

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