Zona de Azar España – Valencia: Hay 1740 Autoexcluidos de los Casinos
España.- 08 de enero de 2021 www.zonadeazar.com “Es fundamental para nosotros que se fomenten actitudes de juego responsable, moderado, no compulsivo y consciente”, apunta el director general de Tributos y Juego de la Generalitat Valenciana, Rafael Beneyto, que se muestra convencido de que “cada vez más hay más personas conscientes de que deben poner fin a prácticas del juego de carácter patológico”.
Para facilitarlo, destaca el compromiso de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico de “poner al alcance de todas las personas que lo busquen el apoyo de la administración y la aplicación estricta de las medidas, con un control exhaustivo en los locales autorizados para que funcione de forma efectiva la petición siempre costosa de los solicitantes de no poder participar en actividades vinculadas al juego y la ludopatía”.
Se refiere al Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego, que tiene el objetivo de impedir la participación en las actividades de juego a las personas que voluntariamente soliciten su inscripción además de las que deban ser inscritas en virtud de resolución judicial o administrativa.
Este registro no incluye más datos que los estrictamente necesarios, el nombre, el DNI y la fecha de nacimiento. La difusión de esos datos, resalta la conselleria, deberá servir, únicamente, para el cumplimiento de las finalidades establecidas legalmente. Por otra parte, es responsabilidad del departamento de Hacienda y Modelo Económico la coordinación del Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana con el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, de ámbito estatal. Una persona que se da de alta en el registro estatal, automáticamente causa baja en el registro autonómico para que no haya duplicidades. Asimismo, pueden establecerse mecanismos de coordinación con otros registros oficiales equivalentes existentes en España.
El total de personas incluidas actualmente en el Registro de Excluidos suma en la Comunitat Valenciana 1.740 personas (sólo en el registro autonómico, ya que puede haber más valencianos incluidos en el registro estatal). Por duración, según las bajas solicitadas en 2020, el 51% ha permanecido en el registro hasta 1 año; el 19% dos años y el 30% más de dos años. Cuando te das de alta no puedes retirar esta petición, aunque te arrepientas, durante seis meses.
En 2020 se han producido 168 nuevas altas en el registro (frente a 230 en 2019), con una mayor concentración en la segunda mitad del año (97 en el segundo semestre, frente a los 71 en el primer semestre), hecho en el que han podido influir la pandemia y las restricciones de movimiento.
Por sexos, en 2020 las altas han sido un 60% de hombres y un 40% de mujeres. En términos absolutos, 101 y 67. En 2019 el registro estuvo más equilibrado, con un 54% de hombres y un 46% de mujeres. Es decir, se ha detectado una menor incidencia de mujeres que este año han solicitado inscribirse en el registro de excluidos.
La mayoría de las mujeres corresponde a la franja de más de 61 años, seguida de la de 31 a 60, mientras que los hombres que piden voluntariamente no poder entrar en establecimientos de juego se sitúan mayoritariamente entre los 31 y los 60 años y, en segundo lugar, entre los menores de 30 años.
Por lo que se refiere a las bajas, en 2020 se han producido 141 (frente a las 190 de 2019), por lo que este año se han mantenido más personas en el registro. 78 eran mujeres y 63 hombres.
Máquinas tragamonedas en un establecimiento de juego.
La protección de los menores de edad y de las personas incluidas en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego es la principal obligación que debe orientar la actividad del juego, tanto para las empresas como para la Administración. Los establecimientos de juego deben disponer obligatoriamente de un sistema de admisión que permita la conexión directa con el órgano competente en materia de juego para la actualización de las personas incluidas en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunidad Valenciana y en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, de ámbito estatal. Se considera una infracción muy grave que no funcione o lo haga de forma deficiente el sistema de admisión y control, y también la ausencia del personal necesario para el control de admisión que garantice que las personas incluidas en el registro no pueden acceder a dichos locales.
Se trata, según el director general, Rafael Benyeto, de “fomentar la sensibilización y difundir especialmente entre los más jóvenes y en los grupos de edad en los que más incidencia de ludopatías se observa, los efectos que una práctica no adecuada del juego puede producir”.
Editó: @MaiaDigital www.zonadeazar.com