Chile Garantiza la Continuidad Laboral Ante Cambios de Operador de Casinos

Chile.- 8 de Octubre de 2026 | www.zonadeazar.com La Dirección del Trabajo de Chile estableció que el cambio de empresa operadora de un casino no implica el despido de sus trabajadores ni obliga a celebrar nuevos contratos laborales.

El pronunciamiento refuerza el principio de continuidad laboral previsto en el artículo 4° del Código del Trabajo y garantiza que los derechos y obligaciones existentes se mantengan frente a un nuevo empleador.

Ordinario N.º 449

La decisión está contenida en el Ordinario N.º 449, emitido el 24 de septiembre de 2026 por el Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo.

El documento respondió a una consulta presentada por Casino de Juegos del Mar, sociedad perteneciente a Corporación Meier.

Cambio de Operador No Termina los Contratos

La autoridad laboral determinó que una modificación total o parcial del dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no constituye una causal de término de las relaciones laborales.

Por lo tanto, el personal no debe ser despedido por la operadora saliente para luego ser contratado nuevamente por la sociedad adjudicataria.

Contratos Mantienen su Vigencia

Los contratos individuales continúan produciendo efectos con el nuevo empleador.

La misma protección se aplica a los instrumentos colectivos vigentes, cuyas condiciones deben mantenerse tras el cambio de operador.

No Hace Falta Firmar Nuevos Contratos

La Dirección del Trabajo aclaró que el principio de continuidad opera automáticamente por disposición legal.

En consecuencia, no es necesario:

  • Celebrar nuevos contratos.
  • Modificar los contratos vigentes.
  • Suscribir un instrumento especial entre operadores para generar la continuidad laboral.

Contratos Pueden Actualizarse

Aunque no resulta obligatorio, las partes pueden acordar una actualización documental de los contratos.

El objetivo puede ser dejar constancia formal del cambio de empleador y de la antigüedad acumulada de cada trabajador.

Antigüedad Se Mantiene

La continuidad de la relación implica que la antigüedad laboral del trabajador no comienza desde cero con la llegada del nuevo operador.

Los derechos derivados de la relación previa continúan bajo la nueva empresa responsable de la explotación.

Consulta de Casino de Juegos del Mar

Casino de Juegos del Mar pidió aclaraciones sobre cómo debía aplicarse el principio en un proceso de cambio de concesionario.

Entre sus preguntas se encontraba si el operador saliente y el nuevo adjudicatario debían firmar algún instrumento específico para formalizar la continuidad.

La Dirección respondió que no existe esa obligación.

Costo de la Antigüedad

La compañía consultó además si la antigüedad acumulada de los trabajadores debía considerarse como un costo para los postulantes interesados en obtener la operación de un casino.

La Dirección del Trabajo se abstuvo de responder sobre este punto.

El organismo consideró que la materia excede las competencias interpretativas que le asigna la legislación laboral.

No Corresponde Despedir y Recontratar

El pronunciamiento descarta expresamente un mecanismo mediante el cual la empresa saliente despida al personal y posteriormente el nuevo operador vuelva a contratarlo.

La continuidad se produce directamente por ley cuando se cumplen las condiciones contempladas en el Código del Trabajo.

Protección de Instrumentos Colectivos

La resolución también tiene implicancias para sindicatos y negociaciones colectivas.

Convenios, beneficios y obligaciones provenientes de instrumentos colectivos anteriores mantienen su vigencia pese al cambio empresarial.

Impacto para Futuras Licitaciones

El criterio aporta claridad para futuros procesos de otorgamiento o renovación de permisos de operación de casinos en Chile.

Los nuevos operadores deberán contemplar que el cambio de titularidad no elimina las obligaciones laborales existentes vinculadas con el establecimiento.

Próximos Pasos o Impacto

El Ordinario N.º 449 consolida una interpretación destinada a evitar que los cambios de operador generen interrupciones artificiales de los vínculos laborales.

Para trabajadores, implica mantener contratos, antigüedad y derechos adquiridos.

Para las empresas que ingresen a procesos de adjudicación, supone considerar desde el inicio la continuidad de las relaciones laborales vinculadas con el casino que pasen a operar.

Editó: @fonta

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