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Zona de Azar Argentina – Juegos de Azar: Se Publicó en el Boletín Oficial Argentino la Resolución UIF (Ver Art. 21)

Argentina.-  03 de Julio de 2023 www.zonadeazar.com  Se publicó en el Boletín Oficial la Resolución UIF N° 84/ 2023 que actualiza los umbrales a partir de los cuales los sujetos obligados a informar deben llevar adelante medidas de debida diligencia de sus clientes y reportes sistemáticos de operaciones, tomando como parámetro el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).

La medida facilitará a los sujetos obligados la tarea de administrar los riesgos de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT), en concordancia con los estándares internacionales aprobados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Cambios en la normativa: actualización automática de ...

La Resolución actualiza los umbrales para los diferentes sectores como Seguros, Escribanos, Profesionales en Ciencias Económicas, Personas humanas o jurídicas dedicadas a la compraventa de obras de arte, Remesadoras de Fondos, entre otros.

  • ARTÍCULO 21.- Sustitúyase el texto del artículo 7° de la Resolución UIF N° 70/2011 y sus modificatorias, por el siguiente:

“Las personas humanas o jurídicas que como actividad habitual exploten Juegos de Azar definidas como Sujetos Obligados en la Resolución UIF Nº 199/2011 y sus modificatorias, deberán informar hasta el día QUINCE (15) de cada mes las operaciones que realicen los apostadores que efectúen cobranzas de premios o cambios de valores o cambio de fichas o equivalente por montos superiores a DIEZ (10) SALARIOS MÍNIMOS, VITALES Y MÓVILES, realizadas en el mes calendario inmediato anterior”.

Los cambios responden a la necesidad de efectuar una puesta al día de los montos establecidos desde el dictado de la Resolución UIF N° 50/2022 para una prevención eficaz del LA/FT, con un enfoque basado en el riesgo, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el GAFI.

En este marco, se prevén actualizaciones semestrales, considerando el SMVM vigente al 31 de diciembre del año calendario anterior y al 30 de junio del año calendario corriente, según corresponda.

La Resolución UIF N° 84/ 2023 comenzará a regir a partir del 1° de julio.

Acceso a la Resolución UIF Nº 84/2023

Edito @_fonta   www.zonadeazar.com

 

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