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Zona de Azar Brasil – Brasil: Congreso Anula Vetos a la Ley de Apuestas de Contrapartida y Juegos Online

Brasil.- 10 de mayo de 2024 www.zonadeazar.com Senadores y diputados rechazaron el veto (VET 49/2023) al primer, segundo y tercer párrafos del artículo 31 del Proyecto de Ley 3626/23.

Estos artículos establecían que el cálculo del impuesto sobre la renta sobre las ganancias de los apostantes se basaría en el premio neto anual de las apuestas, restándole las pérdidas sufridas en apuestas del mismo tipo.

Camara de los Diputados

Con el rechazo de los vetos, entra en vigor la Ley 14.790/2023 con la siguiente redacción:

Apartados 1, 2 y 3 del artículo 31 del Proyecto de Ley.

“§ 1 A los efectos de este artículo, se considera premio neto el saldo positivo obtenido en apuestas de contrapartida a lo largo del año, descontadas las pérdidas en apuestas similares”.

“§ 2 El impuesto mencionado al principio de este artículo se aplicará a las primas netas que excedan el importe de la primera categoría del cuadro progresivo anual del IRPF.”

“§ 3 El impuesto a que se refiere el inicio de este artículo se calculará anualmente y el pago deberá efectuarse hasta el último día hábil del mes siguiente al cálculo.”

Una vez revocados los vetos, el Servicio Federal de Ingresos de Brasil deberá emitir una nueva Instrucción Normativa para estandarizar el Impuesto a la Renta de los apostadores.

El Congreso anula el veto al proyecto de ley

Vea un ejemplo de cómo se cobraría el Impuesto sobre la Renta:

Imaginemos un apostador que sumando todas sus ganancias y pérdidas durante un año, y en todas las casas de apuestas en las que tiene cuenta, obtiene una ganancia neta de R$ 45.000,00.

Base de cálculo del impuesto: (Beneficio Neto – 1.ª Banda Anual de Exención IRRF) 45.000,00 – 27.110,40 = 17.889,60 (beneficio que supera la banda de exención)

Por tanto, el impuesto a pagar es el 15% de 17.889,60

El impuesto sobre la renta anual de este apostante es de: 2.683,44.

Editar @_fonta   www.zonadeazar.com

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