Zona de Azar Brasil – Brasil: “No Existe Dispositivo en la Ley que Permita Bloquear Web de Apuestas”
Brasil.- 15 de Julio de 2024 www.zonadeazar.com La Agencia Nacional de Telecomunicaciones de Brasil, Anatel, ha solicitado que se revoque judicialmente la decisión del Tribunal Regional Federal de la 1 Región, por la que se le capacita para bloquear sitios de apuestas sin licencia en Río de Janeiro.
En esta situación estarían 115 plataformas de apuestas deportivas y juego online, según publica Bnldata.
Anatel, previa solicitud, fue informada de la ilegitimidad pasiva del Tribunal Judicial del 13º Distrito Federal reformado por el TRF1 y que la agencia tiene como función regular la prestación de servicios de telecomunicaciones.
Además, no existe ningún dispositivo en la Ley General de Telecomunicaciones que autorice a ANATEL a determinar que un proveedor de servicios de telecomunicaciones realice un bloqueo administrativo de contenidos expuestos en Internet.
“Es necesario señalar que, por un lado, los aspectos técnicos y de infraestructura, que afectan la competencia de ANATEL. Por otra parte, los propios contenidos, que tratan de redes de telecomunicaciones, en relación con los cuales ANATEL no requiere ninguna intervención.
Como consta en el Oficio nº 103/2024/PR-ANATEL (ID 2125313418), ANATEL no tiene competencia legal para determinar los proveedores de servicios de telecomunicaciones que proceden al bloqueo de sitios que operan ilegalmente en el territorio brasileño, más específicamente no el Estado. do Río de Janeiro”, registra la Agencia.
El organismo destaca también que la imposición del bloqueo de contenidos publicados en Internet y la atribución de responsabilidad a proveedores de aplicaciones o conexiones por contenidos publicados por terceros es un tema sensible y controvertido, cuya regulación se encuentra en lo dispuesto en el Marco Civil de la Internet (Lei nº 12.965/2014), como en precedentes del Tribunal Superior de Justicia (STJ).
En este caso, el bloqueo de contenidos ilícitos u ofensivos se realiza previa emisión de una orden judicial, elemento que también constituye presión para la responsabilidad del proveedor de la aplicación responsable.
Anatel enumera los casos previstos como aquellos que violen los términos de uso de la plataforma, en algunas redes sociales, con contenidos que difundan desinformación o expresen delitos de teoría discriminatoria, divulgación hipotética de cenas desnudas o actos sexuales de carácter privado y contenidos que violen derechos de autor.
“Como se ve, el modelo jurídico vigente en Brasil, previsto por el Código Civil de Internet e interpretado por el Tribunal Superior de Justicia, no implica la hipótesis de indisponibilidad de contenidos en Internet a través de una orden emitida por Anatel a sus proveedores de servicios de telecomunicaciones. , como Autora pretende presentarnos los coches”, informa.
Según la Agencia, la decisión del eliminador TRF1 no se aplica a las normas excepcionales previstas en el Marco Civil de Internet, que autorizan o bloquean sitios independientemente de una orden judicial.
“En este contexto, se demuestra la falta de incompetencia jurídica absoluta de ANATEL para determinar el bloqueo de sitios que operan ilegalmente en el territorio brasileño, más específicamente en el Estado de Río de Janeiro, esto se debe a que, bajo la hipótesis de remoción de contenidos de Internet por orden emitida por la ANATEL, solicitada por el autor, con base en el modelo legal vigente”, comenta.
Previa solicitud, también informa que “ANATEL no es un operador de servicios de telecomunicaciones y, por lo tanto, no permite que los proveedores de contenidos de Internet transmitan sus materiales, por lo que, asimismo, no tiene condiciones técnicas que impidan sus actividades”.
Editó: @_fonta www.zonadeazar.com