Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta====. .Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter ---Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter @_fonta====. .Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter - @_fonta

Zona de Azar Colombia – Colombia: Plan Nacional de Desarrollo Modifica los Impuestos a los Juegos

Colombia.- 08 de mayo de 2019 www.zonadeazar.com Las condiciones de operación en línea y en tiempo real de los juegos localizados se modificó: ahora pagarán por derecho de explotación 12% sobre los ingresos brutos y los contratos del sector no podrán ser gravados, según el Plan Nacional de Desarrollo (PND) aprobado en el Congreso de la República de Colombia el pasado jueves (02/05).

Una de las medidas que se aprobó en el Plan Nacional de Desarrollo es que los operadores de juegos de suerte y azar localizados que cumplan con las condiciones de conectividad y confiabilidad establecidos por la entidad administradora del monopolio, paguen por derecho de explotación 12% sobre los ingresos brutos menos el monto de los premios pagados calculados sobre la totalidad de los elementos de juego autorizados en el contrato de concesión.

El artículo 61, que dispone la medida, explica además que una vez esté la obligación de conectividad, serán decomisadas las máquinas ilegales y se interpondrán sanciones. Estipula también que para el caso de bingos, los ingresos brutos serán el total del valor de los cartones vendidos en el periodo de liquidación.

A su vez, en el artículo 49, se establece que en las concesiones o autorizaciones para operar juegos de suerte y azar, en las cuales el precio pagado por el aportador incluye el IVA, se efectúe el ajuste del valor del respectivo contrato en caso de incremento en la tarifa de este impuesto.

Senador Carlos Abraham Jiménez

Señala que la suscripción, liquidación y ejecución de contratos para la operación de todas las modalidades de juegos de suerte y azar, los puntos de venta, las agencias, establecimientos de comercio donde ellos operan y los premios, no sean gravados con ningún impuesto directo o indirecto.

La iniciativa promovida por el partido Cambio Radical, en cabeza del senador Carlos Abraham Jiménez que fue incluida en el PND, ha generado polémica en el sector, debido a que para el presidente de Coljuegos, Juan B. Pérez, la medida traerá efectos negativos para el sistema de salud.

Aunque el congresista reconoció que se reducirán los aportes del sector a la salud en promedio 15%, sostuvo que será únicamente a corto plazo, debido a que a largo plazo lo que busca la propuesta es enfrentar la informalidad.

Editó: @MaiaDigital (Twitter) www.zonadeazar.com

Compartir:


Read previous post:
Zona de Azar Argentina – Casino Buenos Aires: Torneo Experience 7K Viernes 10 de Mayo
Close