Colombia Propone un IVA del 19% Sobre Depósitos en Apuestas Online
Colombia.- 3 de Noviembre de 2026 | www.zonadeazar.com El Gobierno de Colombia, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, presentó ante el Congreso un proyecto de ley que propone modificar el régimen tributario de los juegos de azar y las apuestas online.
La iniciativa, denominada Ley de Rescate Económico, contempla aplicar un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19% a los juegos operados exclusivamente por internet, utilizando los depósitos realizados por los usuarios como referencia para calcular el impuesto.
El proyecto también establece nuevas bases gravables para casinos presenciales, máquinas tragamonedas y salas de bingo.
El Gobierno Presenta una Nueva Reforma Tributaria
El Ministerio de Hacienda anunció la presentación del proyecto el 29 de octubre de 2026, como parte de una estrategia para fortalecer las finanzas públicas.
La propuesta incluye modificaciones a diferentes disposiciones del Estatuto Tributario colombiano.
En particular, el artículo 41 plantea reformar el literal e) del artículo 420, que regula la aplicación del IVA a los juegos de suerte y azar.
La iniciativa comprende la circulación, venta u operación de estos juegos, con una excepción expresa para las loterías.
Las Apuestas Online Tendrían un IVA del 19%
Uno de los principales cambios afecta a las plataformas digitales de apuestas y casinos online.
El proyecto establece que los juegos operados exclusivamente por internet estarían sujetos a un IVA del 19%, calculado a partir de los recursos depositados por los usuarios en sus cuentas de juego.
La base gravable comprendería los depósitos destinados a obtener el derecho a participar en las apuestas.
El mecanismo incluye diferentes medios de pago, como efectivo, transferencias bancarias y criptoactivos.
De aprobarse, la medida modificaría el tratamiento tributario de estas operaciones y exigiría adaptaciones en los sistemas financieros y contables de los operadores.
Los Depósitos Serían la Referencia para Calcular el Impuesto
La propuesta introduce un mecanismo específico para determinar la base gravable de los juegos online.
A diferencia de un impuesto calculado directamente sobre las ganancias del operador, el nuevo esquema tomaría como referencia los fondos ingresados en las cuentas de los apostadores.
La fórmula contemplada en el proyecto establece que la base gravable se obtendría dividiendo el valor de los depósitos entre 1,19.
Por ejemplo, para un depósito de COP 119.000, la base imponible sería de COP 100.000 y el IVA correspondiente ascendería a COP 19.000.
Esta distinción es importante: el proyecto no plantea sumar automáticamente otro 19% al depósito, sino calcular el impuesto conforme a la base definida en la normativa propuesta.
Casinos y Tragamonedas También Tendrían Cambios
La iniciativa establece nuevas bases gravables mensuales para diferentes modalidades de juego presencial.
Los principales valores propuestos son:
- Máquinas tragamonedas: 40 Unidades de Valor Tributario (UVT) por máquina.
- Mesas de casino: 580 UVT por mesa.
- Tragamonedas en establecimientos con otra actividad principal: 20 UVT por máquina.
- Bingos: 6 UVT por cada silla.
- Otros juegos localizados: 20 UVT, conforme a las categorías previstas en la Ley 643 de 2001.
Estas cifras constituyen bases gravables expresadas en UVT y no el importe final del impuesto que deberían pagar los establecimientos.
El objetivo es establecer criterios diferenciados según la modalidad de juego y sus características operativas.
Las Loterías Quedarían Excluidas del IVA
El proyecto mantiene una excepción para las loterías.
Aunque plantea gravar la circulación, venta y operación de diferentes juegos de suerte y azar, la iniciativa excluye expresamente esta modalidad.
La distinción responde al tratamiento específico que reciben las loterías dentro del sistema tributario colombiano.
De esta manera, el Gobierno propone modificar la tributación de casinos, apuestas y juegos digitales sin aplicarles necesariamente las mismas condiciones a todas las actividades.
El Impuesto Alcanzaría a Usuarios Ubicados en Colombia
Otro aspecto relevante es el criterio territorial contemplado en el proyecto.
La obligación tributaria se configuraría cuando el apostador tenga residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente o sede de actividad económica en Colombia.
Esta disposición busca definir el alcance del impuesto sobre las operaciones digitales vinculadas con usuarios del país.
La propuesta resulta especialmente relevante para las plataformas de juego online, cuyos servicios pueden prestarse mediante infraestructuras tecnológicas situadas fuera del territorio colombiano.
El Sector Deberá Evaluar el Impacto Económico
El cambio propuesto podría tener consecuencias sobre los costos operativos, la gestión de depósitos y la rentabilidad de las empresas autorizadas.
Para las plataformas digitales, aplicar el impuesto sobre los fondos depositados implica un mecanismo diferente al de los tributos calculados sobre los ingresos netos o brutos del juego.
También podría exigir modificaciones en los sistemas de pagos, conciliación contable y cumplimiento fiscal.
Sin embargo, el impacto definitivo dependerá de la redacción que apruebe el Congreso y de las condiciones de implementación.
Por ahora, se trata de una propuesta legislativa y no de una obligación tributaria que haya entrado en vigor mediante esta iniciativa.
Próximos Pasos: Debate en el Congreso
La Ley de Rescate Económico deberá atravesar el procedimiento legislativo correspondiente.
Durante su tratamiento, los congresistas podrán debatir, modificar o rechazar las disposiciones relacionadas con el juego.
La aprobación del artículo 41 será determinante para conocer el futuro tratamiento del IVA sobre los depósitos en plataformas online.
Con una propuesta de IVA del 19% para las apuestas digitales y nuevas bases gravables para casinos, tragamonedas y bingos, Colombia abre un nuevo debate sobre la tributación de la industria del juego.
La eventual entrada en vigor de las modificaciones dependerá de su aprobación legislativa.
Editó: @fonta


