España Endurece los Controles de Identidad y Pagos en el Juego Online
España.- 15 de Octubre de 2026 | www.zonadeazar.com El Gobierno de España aprobó nuevas disposiciones destinadas a reforzar la identificación de los jugadores y la verificación de las transacciones financieras realizadas en plataformas de apuestas y casinos online.
Las modificaciones fueron introducidas mediante el Real Decreto 813/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de octubre, y establecen que los medios de pago utilizados para depósitos y retiros deberán pertenecer al titular de la cuenta de juego.
La normativa entrará en vigor el 28 de octubre de 2026, aunque contempla diferentes períodos de adaptación para operadores y usuarios.
Verificación Obligatoria de los Medios de Pago
La principal modificación establece que los operadores deberán comprobar que los instrumentos financieros utilizados por los jugadores estén registrados a su nombre.
La obligación alcanza tanto a los depósitos como a los retiros de fondos.
Los operadores deberán verificar:
- La identidad del titular de la cuenta de juego.
- La titularidad de los medios de pago utilizados.
- La correspondencia entre ambas identidades.
- El registro de las verificaciones efectuadas durante las primeras transacciones.
La medida se aplicará a las operaciones realizadas mediante plataformas digitales, aplicaciones móviles y otros canales electrónicos.
Modificaciones en la Ley de Prevención del Blanqueo
El Real Decreto 813/2026 introduce cambios en el reglamento que desarrolla la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
El objetivo es fortalecer los controles sobre las transacciones financieras vinculadas con las actividades de juego.
Las modificaciones afectan especialmente al artículo 21 del reglamento, incorporando obligaciones específicas para verificar la titularidad de los instrumentos de pago.
De esta manera, el Gobierno busca reforzar la trazabilidad de los movimientos económicos realizados a través de operadores autorizados.
Seis Meses para Adaptar las Cuentas Existentes
Los jugadores que ya poseen cuentas activas dispondrán de un período transitorio de seis meses para completar las verificaciones correspondientes.
Durante ese plazo podrán continuar utilizando sus medios de pago habituales para realizar depósitos y participar en los juegos.
Sin embargo, no podrán retirar los premios obtenidos hasta que se confirme la titularidad del medio de pago.
Esta disposición representa uno de los cambios más relevantes para los usuarios de plataformas de apuestas y casinos online.
La medida pretende garantizar que los fondos sean retirados únicamente mediante instrumentos financieros cuya titularidad haya sido verificada.
Cierre de Cuentas que No Cumplan los Requisitos
Una vez finalizado el período transitorio, los operadores deberán adoptar medidas sobre las cuentas que continúen sin completar la verificación.
En esos casos, estarán obligados a resolver unilateralmente los contratos con los jugadores afectados.
Además, deberán comunicar a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) los registros correspondientes a las activaciones y cancelaciones de cuentas.
El procedimiento también contempla la devolución de los saldos pendientes.
Esto incluye los premios cuya retirada hubiera quedado suspendida durante el período de adaptación, siempre que se cumplan las obligaciones aplicables de prevención del blanqueo de capitales.
Adaptación Tecnológica de los Operadores
Las empresas autorizadas también dispondrán de seis meses para adaptar sus sistemas tecnológicos.
Durante este período deberán actualizar sus procedimientos de identificación, verificación de pagos y administración de cuentas.
Entre los principales cambios operativos se encuentran:
- Incorporación de controles de titularidad de medios de pago.
- Actualización de los procesos de identificación de clientes.
- Registro de las verificaciones efectuadas.
- Adaptación de los procedimientos de depósitos y retiros.
- Modificación de los sistemas de gestión y cancelación de cuentas.
La implementación requerirá coordinación entre los departamentos tecnológicos, financieros y de cumplimiento normativo de los operadores.
Identificación Digital y Nuevos Requisitos
El decreto también introduce modificaciones relacionadas con los mecanismos de identificación remota.
Los procedimientos deberán cumplir los requisitos mínimos establecidos por las autorizaciones generales de Sepblac, organismo español encargado de la prevención del blanqueo de capitales.
La normativa reconoce expresamente el Documento Nacional de Identidad (DNI) en sus formatos físico y digital.
Asimismo, contempla nuevas obligaciones relacionadas con la identificación electrónica y la conservación de la información obtenida durante estos procesos.
Estas disposiciones específicas comenzarán a aplicarse 18 meses después de la publicación del decreto.
Mayor Supervisión Financiera
Las empresas también deberán mantener políticas escritas relacionadas con las sanciones financieras internacionales y las contramedidas aplicables.
Estas obligaciones se incorporan a los mecanismos existentes de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
El objetivo es fortalecer los procedimientos internos de cumplimiento y mejorar la capacidad de supervisión de las transacciones.
Para los operadores de juego online, las nuevas exigencias implicarán revisar tanto sus procesos financieros como los sistemas utilizados para verificar la identidad de los clientes.
La DGOJ Avanza en Nuevas Medidas de Protección
Las modificaciones financieras coinciden con otras iniciativas regulatorias impulsadas por la Dirección General de Ordenación del Juego.
Entre ellas se encuentra el desarrollo de un algoritmo común para detectar comportamientos de juego de riesgo.
La herramienta utiliza información de jugadores reales y busca mejorar la identificación temprana de conductas problemáticas.
El 13 de octubre, la DGOJ abrió una nueva consulta pública sobre el marco propuesto para este sistema.
La iniciativa forma parte de una estrategia destinada a fortalecer los mecanismos de prevención e intervención temprana.
Protección de Jugadores Jóvenes y Vulnerables
El regulador también continúa trabajando en mecanismos de supervisión centralizada para determinados grupos de usuarios.
Entre las iniciativas pendientes se encuentra la creación de un registro común que permita coordinar medidas de protección entre diferentes operadores autorizados.
El proyecto requiere establecer criterios sobre:
- Intercambio de información entre plataformas.
- Identificación y clasificación de riesgos.
- Medidas de protección aplicables.
- Seguimiento de jugadores vulnerables.
- Supervisión específica de usuarios de 25 años o menos.
La implementación dependerá de la definición de las correspondientes reglas operativas y de protección de datos.
Próximos Pasos e Impacto
La entrada en vigor del Real Decreto 813/2026 el 28 de octubre marcará el comienzo de una nueva etapa en la supervisión de pagos del mercado español de iGaming.
Los operadores deberán verificar que los medios de pago pertenecen efectivamente a los titulares de las cuentas, adaptar sus sistemas tecnológicos y cumplir nuevas obligaciones de registro.
Para los usuarios existentes, el período de seis meses permitirá regularizar sus instrumentos financieros, aunque los retiros de premios estarán sujetos a la verificación correspondiente.
Las modificaciones se suman a los proyectos de identificación de comportamientos de riesgo y protección de jugadores vulnerables impulsados por la DGOJ.
En conjunto, las medidas refuerzan el marco de cumplimiento normativo del juego online español, con especial atención a la trazabilidad financiera, la identificación digital y la protección del consumidor.
Editó: @fonta


