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Zona de Azar Argentina – Repasamos cómo se Regulará el Juego Online en la Provincia de Buenos Aires

Argentina.- 21 de mayo de 2019 www.zonadeazar.com Luego de varias idas y venidas, el Instituto Provincial de Loterías y Casinos (IPLyC) hizo públicas las bases y condiciones para el otorgamiento de licencias de juego en línea. Entre los principales puntos se destacan los derechos de participación, las modalidades que estarán permitidas, los sectores a los que se les prohíbe la organización, explotación y desarrollo de los juegos y la regulación de la publicidad y patrocinio de las empresas de juego. El Instituto podrá otorgar hasta siete licencias por un lapso de 15 años y, si bien la legislación abarca sólo el ámbito provincial, podría realizar convenios con otras jurisdicciones.

Matías Lanusse, Presidente del Instituto de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, y María Eugenia Vidal, la Gobernadora de Buenos Aires

Las modalidades que desde ahora estarán permitidas en la provincia de Buenos Aires, comprende “medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; Relación de juegos, modalidades y variantes” lo que va a permitir que se pueda desarrollar un amplio espectro de juegos, más si se tiene en cuenta que en la descripción se deberá incluir el nombre del fabricante, cada operador podría utilizar su propio nombre comercial. El reglamento indica que “para cada uno de los juegos, modalidades y variantes, se incluirá una descripción de las reglas del juego y, en particular, de la mecánica del juego vinculada a la obtención de premios”, y de la misma manera deberán explicar los elementos fundamentales que son parte sustancial del juego, los que deberán ser incluidos en un video demostrativo. En el permiso estarán comprendidos juegos electrónicos de azar y casino, apuestas sobre juegos virtuales y reales, apuestas hípicas, etc.

Uno de los principales temas que el cuerpo elaborado por el IPLyC destaca son los derechos y obligaciones de las empresas que quieran obtener una licencia. Como primera medida, los aspirantes deberán inscribirse en el registro web del IPLyC, previo pago del canon establecido en 5,5 millones de pesos, los cuales se tendrán que hacer efectivos con una antelación de diez días hábiles de la fecha fijada para la recepción de propuestas. Asimismo, deberán entregar una serie de documentos que incluyen el comprobante de pago, razón social, vínculos comerciales, actividades que desarrolla, etc. También, deberán entregar tres declaraciones juradas que indiquen, el domicilio real o comercial, aceptar la voluntad de acatar a las bases y condiciones del pliego y el someterse a la jurisdicción de los juzgados de la provincia de Buenos Aires. Además se solicitarán una serie de otros documentos tales como los últimos tres balances y copias de todos los contratos realizados con proveedores, todo rubricado por contador y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Las empresas tendrán que demostrar 250 millones de pesos anuales de ingresos.

Por su parte, los aspirantes extranjeros deberán, como primera medida, presentar las leyes regulatorias de cada país debidamente traducidas, aunque no aclara si deberá presentar todas las regulaciones de los mercados en donde opera. También, deberán autorizar al Instituto para que puedan consultar a las autoridades competentes en sus países sobre sus operaciones e incluso pedir informes sobre su comportamiento dentro de la actividad. Además, deberán presentar una propuesta de espacio moderno y de primera línea, materializado en una oficina ubicada en territorio provincial en donde deberán contar con personal argentino. Las exigencias no terminan aquí, ya que deberán describir el origen de sus recursos financieros destinados a ser volcados en la explotación de su licencia, como así también tendrán que presentar una propuesta de promoción y publicidad, un proyecto técnico detallado y los componentes de su unidad central de control. Cada una de estas cuestiones será evaluada por una comisión calificadora que otorgará un puntaje a partir de una tabla preestablecida. Las empresas o sujetos extranjeros que se postulen deberán demostrar un patrimonio neto de 100 millones de dólares.

Otras de las cuestiones es el establecimiento de un sistema de juego responsable, en donde se le dará vital importancia a los mecanismos destinados a verificar los datos de los participantes y su ubicación, además de garantizar que no se utilicen programas que bloqueen el punto donde se esté jugando. Asimismo, habrá mecanismos para limitar la participación del y facilitar la autoexclusión, aunque esta límite parece referirse a una cuestión temporal y no de dinero apostado. También, el IPLyC establecerá procedimientos para detectar delitos tales como falsedad, asociación ilícita, lavado de dinero, etc., como así también estándares de Responsabilidad Social Empresaria para garantizar que el juego sea transparente. En este sentido, el postulante a licenciatario deberá presentar un programa de juego responsable el cual será evaluado por el Instituto y deberá abordar las acciones para combatir el juego compulsivo, advertir sobre los riesgos de jugar de forma excesiva, las medidas tendientes a paliar sus efectos y promover hábitos saludables. El Instituto va a priorizar aquellos que contengan proyectos de impacto social del juego compulsivo. Con relación a esto último, los estudios de impacto social requieren un pormenorizado conocimiento y evaluación del mercado, segmentos de prevalencia e incidencia de la patología en los jugadores, cuestión que se complica porque no existen estudios preexistentes sobre el tema en la provincia. Dicho de otro modo, se pretende un proyecto de impacto social sobre una población e identidad de jugadores que no ha sido estudiada por el organismo que la solicita.

En otro aspecto, se prohíbe la organización, desarrollo, promoción y explotación de juegos que atenten contra la dignidad de las personas, el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, imagen, derechos de la juventud y niñez o contra cualquier derecho constitucional que altere. Obviamente quedas excluido cualquier juego que esté prohibido por la ley, los menores de edad y los incapacitados legalmente o por resolución judicial. También, a semejanza de otras regulaciones alrededor del globo, quedan excluidos de toda organización de eventos que sean plausibles de contener apuestas, accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos – sus cónyuges o personas que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten. También quedan excluidos los directivos de entidades deportivas sobre la que se realiza la apuesta, como así también los jueces, árbitros, deportistas, entrenadores u otras personas que tengan injerencia en las decisiones del evento. Esto significa que de implementarse sistemas como el Árbitro asistente de video (VAR, por sus siglas en inglés), sus integrantes estarán comprendidos dentro de esta norma. Finalmente, también quedan fuera los funcionarios y personal del IPLyC.

En materia de publicidad, toda agencia publicitaria, medio o plataforma de comunicación que difunda publicidad directa o indirecta de empresas de juego en línea, deberán constatar que la compañía en cuestión posea los permisos necesarios para operar en la provincia extendidos por el IPLyC. Dicho esto, cualquier empresa que no esté autorizada por el Instituto está impedida de hacer cualquier publicidad. Las campañas de publicidad y promoción deberán dejar en concreto qué tipos de medios se utilizarán, detallando de manera porcentual el espacio a ocupar en cada uno de ellos y deberá ser acompañada, si aplicase, por la presentación de una campaña de publicidad realizada en otro país durante el último año. Este requerimiento podría estar destinado a conocer la capacidad comunicacional, la política empresarial o de RSE, ya que en un mercado diferente, las campañas de publicidad y promoción deberían ser diferentes.

Para la protección del jugador, el Instituto deberá poner en marcha los mecanismos para evitar riesgos, sobre todo de personas que puedan aprovecharse de la información de los usuarios, con el fin de comercializar datos para publicidad o incluso sustitución de identidad o robo de fondos. Por ello se tendrán que implementar estándares de seguridad para evitar riesgos de ciberataques, como además efectuar acciones que tiendan a reforzar los sistemas de juego y disminuir los riesgos de fraude verificando que todos los juegos funcionen de forma aleatoria, y que no pueden ser manipulados. El Instituto quiere poner en marcha una regulación capaz de proteger los fondos de los usuarios con planes de insolvencia que van a poner en aviso sobre la actualidad de sus saldos. Los operadores deberán asumir la responsabilidad de que no se produzcan abusos ni delitos, poniendo en funcionamiento softwares actualizados para alcanzar los estándares de las acciones preventivas que exige el regulador.

 

Fuente: Sector Gambling

Editó: Prensa Zona de Azar www.zonadeazar.com

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