Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta====. .Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter ---Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter @_fonta====. .Seguinos en Twitter @_fonta - Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter @_fonta -Seguinos en Twitter - @_fonta

Zona de Azar Argentina – Argentina: Nuevo Proyecto de Ley que Afecta a Premios en el Sector

Argentina.- 15 de Julio de 2024 www.zonadeazar.com Luego de una reunión mantenida entre representantes de la Camara de Agencias Oficiales de La Lotería de la Ciudad y la Diputada de la Coalición Cívica Dra Marcela Campagnoli (Foto), donde se trataron varios temas inherentes a la actividad, el día  11 de julio ha sido presentado el proyecto de ley sobre la modificación de la ley 20.630 para su estudio y su posterior tratamiento en la Honorable Camara de Diputados.

“Es un paso muy importante en el cual estamos trabajando de manera conjunta para lograr nuestros objetivos, algo que lleva años sin modificación y que su adaptación hará más fácil el trabajo y la operatoria de todos los colegas”, manifestó Marcelo Iemma, y adelantó que pondrá a disposición todas las herramientas técnico administrativas para lograr que este proyecto se convierta en ley.

Cabe destacar que la diputada Campagnoli fue la primera en presentar un proyecto de ley para limitar la publicidad de los juegos en línea y que luego presentó otro proyecto de Ley de Prevención de la Ludopatía Infantil y Adolescente de Juegos de Azar en Línea.

Resumen del Proyecto de Ley:

  1. Modificación de la Ley 20.630:
    • Artículo 1:
      • Premios sujetos a gravamen: Se incluyen los premios ganados en sorteos, loterías, rifas y concursos de apuestas deportivas (excepto carreras de caballos), organizados en el país por entidades oficiales o privadas con autorización.
      • Exclusiones: No están gravados los premios de juegos de Quiniela y Casino (salas de juego oficiales), ni aquellos premios que queden en poder de la entidad organizadora por ausencia de terceros beneficiarios.
    • Artículo 5:
      • Exenciones: Los premios cuyo monto neto no exceda de $1.600.000 están exentos del impuesto. Este monto se actualizará anualmente según el índice de precios al por mayor proporcionado por el INDEC.
  2. Fundamentos de la Modificación:
    • Clarificación: La redacción del artículo 1 de la ley original era confusa y llevó a decisiones judiciales para interpretarla correctamente. La modificación busca hacer la ley más clara y fácil de aplicar.
    • Actualización del Monto Exento: El monto exento original ($1.200 en 2003) no se actualizó adecuadamente, causando molestias entre los apostadores. Se propone actualizar el monto a $1.600.000 y ajustarlo anualmente para evitar desactualizaciones por inflación.
    • Influencia de la Economía: Para mantener la relevancia del monto exento frente a la inflación, se incluye un coeficiente de actualización basado en índices económicos nacionales.
  3. Solicitudes y Apoyo:
    • Razonamiento: La modificación tiene en cuenta tanto la claridad legislativa como la actualización económica, buscando evitar problemas futuros.
    • Pedido de Aprobación: La diputada Marcela Campagnoli solicita a sus colegas el acompañamiento y aprobación del proyecto de ley, basándose en la necesidad de una legislación clara y actualizada.

Estos son los puntos más destacados del Proyecto de Ley que propone modificar los artículos 1 y 5 de la Ley 20.630, ajustando y clarificando la normativa sobre los premios gravados y exentos en juegos y apuestas en el país.

Proyecto de Ley Completo (Premios)

Editó: @_fonta www.zonadeazar.com

 

Compartir:


Read previous post:
Zona de Azar España – Barcelona: Europer, Celebró su Cena Anual de Verano
Close